martes, 19 de octubre de 2010

Extinción de la personalidad en el Derecho romano

La extinción de la personalidad no es ni más ni menos que la desaparición de la persona romana. Se diferenciaba la extinción en el plano físico y la extinción en el plano jurídico.

Romanos y derecho romano

- Extinción en el plano físico de la personalidad en el Derecho romano


En el plano físico había diferentes criterios que probaban la muerte en un caso de sucesión.

+ Conmoriencia en el Derecho clásico


En el Derecho clásico existía la conmoriencia, por la que si dos personas morían en batalla o no se podía confirmar quién había muerto antes se declaraba que habían muerto a la vez.

+ Premoriencia en el Derecho de Justiniano


En el Derecho de Justiniano se daba la premoriencia. Según esta si el hijo estaba en la pubertad o puber se declaraba que había muerto después que el padre mientras que si todavía no había alcanzado la pubertad se declaraba que el padre había muerto antes.

- Extinción en el plano jurídico de la personalidad


Se daba la capitis deminutio y había tres tipos según el grado en que se diese.

+ Máxima: Era la pérdida del status libertatis. El ciudadano deja de ser libre y se convierte en esclavo.

+ Media: Al perder el status civitatis.

+ Mínima: Se daba al perde el status familiae

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Fuente: 
Derecho privado romano  
Antonio Ortega Carrillo de Albornoz