sábado, 9 de abril de 2011

Órganos competentes de la asistencia jurídica gratuita

Las Comisiones de Asistencia Jurídica Gratuita son los órganos encargados de llevar a cabo, en su correspondiente territorio, el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita. Su funcionamiento se ajusta a lo dispuesto para los órganos colegiados de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, quedando adscritas a las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia o, donde no existan, a las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno. Serán los Colegios de Abogados y de Procuradores quienes pondrán a su disposición la lista de colegiados ejercientes adscritos a los servicios de justicia gratuita. El Ministerio de Justicia podrá establecer los requisitos generales mínimos de formación, especialización y experiencia profesional previa exigibles a quienes presten estos servicios.

Por lo que concierne a su organización, las Comisiones estarán presididas por un miembro del Ministerio Fiscal y constituidas, además, por un Abogado del Estado, un funcionario que ocupe un puesto de trabajo cuyo desempeño corresponda a funcionarios del grupo A y los Decanos de los Colegios de Abogados y Procuradores de la provincia.