El primitivo grupo social crece, al mismo tiempo que se afianza la inicial estructura encargada de resolver controversias entre sus componentes. A lo largo y ancho de la tierra se multiplican comunidades humanas con sus incipientes formas de administración de justicia. En cada una de ellas se percibe un poder, que acabará monopolizando la tarea de la resolución de los conflictos.
Con diferentes manifestaciones de organización social, después de innumerables peripecias históricas, el poder encargado de administrar justicia se consolida. Unas comunidades desembocan en forma de Estado y otras no, pero todas ellas limitan, hasta su casi absoluta desaparición, la posibilidad de que el individuo resuelva directamente su contienda.
Así, la jurisdicción (ius dicere), declarar o dictar el Derecho, se reviste de un patente carácter de poder. En los Estados modernos, se configura como uno de sus fundamentales poderes (junto al legislativo y al ejecutivo). Por su parte, en las comunidades organizadas de distinta manera a la estatal, se presenta y actúa como una estructura pública de notable importancia. En todo caso, en efecto, se trata de una potestad, que se impone incluso por medio de la fuerza, y que se manifiesta en la solución de los conflictos entre sus miembros.