miércoles, 6 de marzo de 2013

La legítima defensa

La legítima defensa se fundamenta en la necesidad de hacer prevalecer el Derecho y el ordenamiento jurídico sobre actos ilícitos que afecten a bienes jurídicos individuales, ya sean propios o de terceros.

Para que concurra la legítima defensa deben darse una serie de elementos o requisitos:

En primer lugar debe tratarse de una agresión ilegítima, es decir, una puesta en peligro de un bien jurídico debido a un comportamiento doloso. Además debe ser un acto típico y antijurídico (no haciendo falta que sea culpable). La agresión ilegítima debe ser real así como actual o inminente.

En segundo lugar se exige que el medio elegido para la defensa sea el menos lesivo posible, dadas las circunstancias particulares del caso para repeler la agresión (por ejemplo no se daría la legítima defensa si pudiendo utilizar una porra para defenderte de un agresor desarmado utilizas un arma de fuego).

En tercer y último lugar se exige que no exista provocación por parte del defensor al ofensor, que en caso de darse no daría lugar a la consideración de legítima defensa.

Fuente:
http://www.infoderechopenal.es/2012/12/legitima-defensa.html