En el texto “El Concepto de la Ley” (The Concept of Law), Hart dice que su teoría es general, ya que su objetivo es dar cuenta de la estructura general y las características exhibidas por todos los sistemas jurídicos modernos, en lugar de las características idiosincrásicas de cualquier sistema jurídico particular. En este sentido, es diferente a la teoría de Ronald Dworkin , que en opinión de Hart es un caso de jurisprudencia "particular", es decir, un recuento de la ley de jurisdicciones especiales, como la anglo–americana.
- La teoría de Hart, muy descriptiva
La teoría de Hart es descriptiva en su intento de explicar y aclarar las características generales de los sistemas jurídicos modernos, incluye una evaluación del valor (moral) o la razón que da vigor a las normas legales o a los sistemas jurídicos en general o a un caso determinado. "Mi juicio es descriptivo ", dice Hart , "ya que es moralmente neutral y no tiene fines justificativos: no trata de justificar o elogiar por razones morales o por otras formas y estructuras que aparecen en mi juicio general del derecho".
De acuerdo a la opinión de Hart, podemos dar una explicación constitutiva adecuada de las características generales de las normas y los sistemas jurídicos sin tener en cuenta el valor moral o los peligros de tener la ley.
- Objeto de la teoría de Hart: el sistema legal
El objeto de la teoría de Hart es la compleja institución social que llamamos sistema legal, que él piensa que puede ser iluminado a través de la examinación de nuestras formas ordinarias de hablar acerca de las leyes y sistemas jurídicos en general. Los elementos más importantes de la teoría de Hart son bien conocidos por los teóricos legales y en la actualidad son punto de referencia para discusiones sobre Filosofía del Derecho en los diversos ámbitos jurídicos y académicos como en la teoría legal.