Podemos definir a la prenda como el derecho real que faculta para obtener el valor de una cosa mueble ajena mediante su venta, constituida en garantía del cumplimiento de una obligación.
En este concepto se recogen los requisitos esenciales a la prenda en nuestro derecho, que son:
- Derecho real
La prenda posesoria va a encuadrarse dentro de los denominados derechos reales, cuyo concepto y características podemos recordar aquí.
- La prenda posesoria es accesoria
La prenda posesoria va a ser fundamentalmente accesoria.
- Faculta instar su venta en el supuesto de no abonar su precio
En el caso de que no se abone el precio de la prenda vamos a tener la posibilidad de instar su venta.
- Es de carácter mobiliario
Va a tener un carácter mobiliario.
- Produce un desplazamiento de la posesión
La prenda posesoria va a producir un marcado desplazamiento de la posesión.