La Administración es una organización social (con personalidad jurídica propia) incardinada dentro del poder ejecutivo (de forma que no todo en la Administración Pública va a ser poder ejecutivo aunque sí va a estar dentro del poder ejecutivo).
La Administración Pública va a presentar en su cúspide un Gobierno y una Administración. La misma, además, se va a someter a los tribunales de lo contencioso administrativo.
- El Gobierno realiza funciones políticas y también administrativas
Pero no lleva a cabo el Gobierno funciones administrativas: un Gobierno realiza labores políticas que no tienen porqué tener carácter administrativo (esta labor política no es en principio residenciable en el contencioso-administrativo) y por otro lado tiene funciones de carácter administrativo (ante la existencia de un deslinde marítimo terrestre éste puede afectar a un terreno propiedad de un ciudadano a consecuencia de una orden del Ministerio de fomento, por ejemplo; y esta orden se podrá impugnar en determinados casos.
- Las potestades administrativas
El instrumento con el que se relaciona la Administración Pública son las potestades administrativas.
Las potestades administrativas van a ser poderes transferidos por la Administración para crear, modificar, conservar o extinguir situaciones jurídicas.