sábado, 11 de abril de 2015

Sedes y régimen lingüístico de la Unión Europea

Vamos a repasar en esta entrada las diferentes sedes y el régimen lingüístico de la Unión Europea.

Sedes de la Union Europea: Parlamento Europeo

- Sedes de la Unión Europea


Tradicionalmente, ha habido una disputa entre Francia, Bélgica y Luxemburgo a la hora de tener la sede principal de las instituciones europeas. Se llegaron a acuerdos incluso hay protocolos.

Existe un proceso de “Bruselización”: acercar las instituciones lo más posible a Bruselas.

+ Consejo europeo (formado por jefe de estados)


La sede del Consejo europeo se encuentra en Bruselas.

+ Parlamento europeo


El Pleno del Parlamento europeo, en Estrasburgo (Francia); las Comisiones, en Bruselas y la Secretaría, en Luxemburgo.

+ Aparato judicial de la Unión Europea (Tribunal de Justicia, Tribunal General y Tribunal de Cuentas)


La sede del aparato judicial de la Unión Europea se encuentra en Luxemburgo.

+ Consejo (Ministros)


La sede del Consejo se encuentra en Bruselas pero se reúne en Luxemburgo en los meses de abril, junio y octubre.

+ Comisión


La sede de la Comisión está en Bruselas, menos el servicio de publicaciones y de traducción, que está en Luxemburgo.

+ Comité económico social, comité de las regiones


La sede del Comité económico social y comité de las regiones se encuentra en Bruselas.

+ Banco central europeo


El Banco central europeo tiene su sede en Francfort (Alemania).

+ EUROPOL (Agencia de Policía)


EUROPOL tiene su sede en La Haya (Holanda).

+ Sedes europeas en España


En España radican tres agencias europeas: la Agencia europea de salud y seguridad en el trabajo, en Bilbao; la Agencia Europea de Marcas (patentes), en Alicante; y la agencia europea para el control de la pesca, en Vigo.

- Régimen lingüístico de la Unión Europea


En la Unión Europea existen 23 lenguas oficiales (cada país que se une a la Unión Europea, incorpora su lengua, que se convierte en oficial). Los documentos, jurisprudencia, normativa se traducen en lengua oficial.

Se especifica la posibilidad de realizar traducciones oficiales en lenguas cooficiales nacionales. El gasto de esas traducciones corre a gasto del Estado miembro.

En la práctica, las lenguas de trabajo oficiales son las lenguas diplomáticas: el inglés y el francés, y se está intentando incorporar el alemán.